miércoles, 6 de julio de 2016

Los cambios del entorno y la obligación del adaptarse

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El entorno venezolano actualmente es muy cambiante, tan cambiante que pareciese cada dia un reto mayor para lograr mantenerse, y esto lo hablo con propiedad; ante estas circunstancias debemos empezar por lo básico; la confianza y la fe en uno mismo, muchas veces podemos caer y flaquear porque pareciese que estas situaciones son una cadena de acontecimientos en los cuales uno tras otro van sucediendo y mostrando un panorama negativo cada vez mas evidente, me pasó, y es una situación agobiante poniendo a prueba hasta mi ultima fuerza, tanto mental, como espiritual.

ciertamente el compartir las experiencias con amigos colegas y familiares te da una perspectiva mas adecuada porque muchas veces estar inmersos en los problemas y retos no nos deja ver mas allá, y luego lo importante es replantearse los objetivos, tanto a corto y mediano plazo.

el tema monetario ciertamente crea una incertidumbre que genera estrés, malestar y obliga muchas veces a realizar cosas que no pensábamos hacer, y muchos justifican este comportamiento como engaño para solventar. sin embargo cada persona, hará lo que realmente considere. particularmente considero que somos capaces de lograr grandes cosas en momentos de presión, es allí donde se pone a prueba realmente de que estamos hechos y nuestra capacidad de adaptabilidad, lo que pasa es que no estábamos acostumbrados a tanto nivel de presión, lo cual a desencadenado una serie de enfermedades para el cuerpo y la mente.

Quería compartir con ustedes estas letras para darles aliento en estos momentos de retos, tenemos que sacar lo mejor de nosotros, buscar nuestra creatividad, ingenio para lograr mantenerse y seguir adelante. 

cito a Charles Darwin ya que como naturalista y gran observador de los cambios en las especies lo entendió de manera excepcional:

"Como de cada especie nacen muchos más individuos de los que pueden sobrevivir, y como, en consecuencia, hay una lucha por la vida, que se repite frecuentemente, se sigue que todo ser, si varía, por débilmente que sea, de algún modo provechoso para él bajo las complejas y a veces variables condiciones de la vida, tendrá mayor probabilidad de sobrevivir y, de ser así, será naturalmente seleccionado. Según el poderoso principio de la herencia, toda variedad seleccionada tenderá a propagar su nueva y modificada forma"

Debemos creer en nosotros mismos para alcanzar las metas, debemos ser fuertes y soportar estos tiempos de cambios en los cuales solo los mas aptos lograran sobrevivir y salir fortalecidos.
este es un momento de alianzas, fusiones, uniones, ya que unidos somos más.


viernes, 17 de abril de 2015

La parábola del tanque de la gasolina



Recientemente el tablero de mi vehículo presentó una falla con respecto al medidor del tanque de la gasolina; inicialmente cuando llenaba el tanque completo llegaba al final pero posteriormente disminuye hacia un estado completamente vacío, pensando que pudiese ser un problema del flotador decidí llevarlo a un mecánico para que revise el problema; sin embargo; analizando la falla del medidor de la gasolina, me genero la siguiente inquietud ¿cuánta gasolina me quedaba en el tanque? ¿efectivamente iba a llegar a mi destino? ¿alcanzaba para los kilómetros me faltan por recorrer? 

Esa incertidumbre, la traslado a la contabilidad que se lleva en la actualidad, ya que los clientes básicamente, en la documentación que entregan:

Muchas no están debidamente soportadas 
No cumplen los requisitos de ley 
Otros simplemente consideran que su negocio son unas bodegas o pulperas, o abastos donde todo el dinero que Ingresa lo manejan a su criterio.
No existen controles administrativos 

Es muy difícil que un medidor esté dando la correcta valuación o mostrar la realidad de la empresa cuando existen tantos elementos que distorsionan realmente el proceso contable; y por otra parte que los accionistas, dueños de empresas, logren tomar decisiones asertivas basadas en esa información. 

                              

Otro ejemplo que le menciono a mis clientes es el del barco; en el cual:

La empresa es un enorme barco
La tripulación que son sus empleados están haciendo el quehacer diario y las actividades para que ese barco se mantenga 
El capitán como cabeza fundamental de ese barco y quién va tomando el timón es el dueño de la empresa

El capital necesita de un equipo de tripulantes que pueden ser internos o externos y que estén en la punta del mástil viendo hacia el horizonte y intentando comunicar la capital sobre las situaciones que se pueden ver el futuro en este equipo de personas que debe estar en el mástil están los contadores, abogados administradores, asesores laborales entre otros.

De lo contrario, si el capitán no sabe hacia donde va el barco... le puede pasar como al TITANIC.


                       
                       

Esa es la razón, de la contabilidad como proceso y de la función del contador es registrar y analizar la estela que va dejando ese barco; estela que ser es representada en transacciones, operaciones compras, ventas adquisiciones, mobiliario,operaciones que hacen que el barco se mantenga a flote.

Hoy en día; en venezuela para los contadores  en particular es un reto muy importante; asumir llevar la contabilidades como debe ser; particularmente considero que no es llevar por llevar la contabilidad; nosotros no podemos llevar contabilidad a medias porque si el cliente:

Medio registra
Medio hace 
Medio entrega

El resultado será a Medias... y eso nos convierte en personas medioCRES... realmente tenemos que mantener, un alto estándar en cuanto a la calidad de los procesos que se están realizando y lograr la excelencia con el cliente

No considero que un cliente hace el contador "el contador hacia el cliente" y es muy importante las observaciones que se puedan registrar (entregar por escrito) para evitar sanciones a futuro y de esta manera evitar esa pesadez o sentimiento de inconformidad cuando vemos que los clientes a pesar de las observaciones realizadas no hacen los correctivos y en el momento del cierre la culpa siempre es el contador.

Entonces como anécdota final les comentó que también utilizó un ejemplo que es el siguiente: 

Los contadores somos los médicos, la empresa es el paciente y los dueños de la empresa son los familiares; entonces si el paciente está muriendo, y el medico le receta el tratamiento y medicamentos, ¿Los familiares no van a hacer nada al respecto? o esperan que ese paciente entre en cuidados intensivos, caiga en coma terminal para luego venir a llorar y decir que se murió fue porque el médico no realizó el tratamiento correspondiente.




martes, 27 de enero de 2015

Reforma LEY DEL ISLR PERIODO 2015

Fuente:http://www.araquereyna.com/es/boletin/boletin-sobre-la-reforma-de-ley-de-impuesto-sobre-la-renta 

Dentro del marco de la ley habilitante el Ejecutivo Nacional dictó el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta (“LISLR”), publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.152 de fecha 18 de noviembre de 2014. Mediante este decreto se deroga la Ley de Impuesto sobre la Renta publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 38.628 de fecha 16 de febrero de 2007. La nueva LISLR entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial y se aplicará a los ejercicios que se inicien a partir de su entrada en vigencia, todo ello de conformidad con las disposiciones del Código Orgánico Tributario (COT).Las reformas más relevantes de la LISLR se pueden resumir en los siguientes puntos: 

*En cuanto a las exenciones (artículo 14) : Se eliminó el numeral 10 del Artículo 14 de la LISLR, mediante el cual se consideraban exentas las instituciones sin fines de lucro dedicadas exclusivamente a la realización de actividades religiosas, artísticas, culturales, científicas, deportivas, tecnológicas, de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, las asociaciones profesionales o gremiales, las instituciones universitarias y educacionales. Se mantiene la exención a las instituciones benéficas y de asistencia social, previa justificación de la procedencia de la exención En cuanto a las deducciones a la renta bruta (artículo 27): 

2.1. Sueldos y salarios: Se condiciona la deducción de sueldos y salarios a que “el patrono haya cumplido con todas las obligaciones inherentes a su condición de patrono, “…de conformidad con lo previsto en la Ley…”, con lo cual se otorga un amplísimo campo de discrecionalidad al funcionario revisor, quien podría no sólo verificar el cumplimiento del deber de retención del patrono, sino exigir solvencias laborales y revisar cualesquiera otros aspectos tendentes a formar la convicción de conformidad con cualquier normativa por parte del patrono, que podrían escapar del ámbito de sus competencias en procedimientos tributarios.

2.2. Pérdidas: Se limita la deducibilidad de las pérdidas a aquellas sufridas por los bienes que constituyen el “activo fijo” y que sean sufridas por caso fortuito o fuerza mayor. La ley reformada incluía las pérdidas sufridas en todos los bienes destinados a la producción de la renta. También en materia de pérdidas se agrega el parágrafo décimo noveno, en el artículo 27, que impide la deducción de las pérdidas por destrucción de bines del inventario, de bienes destinados a la venta o de los bienes del activo fijo que no cumplieren con las condiciones señaladas para hacer procedente la deducción (ser causadas por caso fortuito o fuerza mayor, no compensadas por indemnizaciones de seguros y no imputables al costo). Finalmente, en materia de pérdidas encontramos una modificación del artículo 55, según la cual se ratifica que las únicas pérdidas deducibles serán las pérdidas netas de explotación de fuente venezolana, y se limita su imputación durante los tres ejercicios siguientes, “…siempre que la imputación no exceda el 25% del enriquecimiento obtenido”. 

En cuanto a la renta neta de los beneficiarios de sueldos salarios y demás remuneraciones similares. Se modifica el artículo 31 y se define como enriquecimiento neto toda contraprestación o utilidad, regular o accidental, derivada de la ejecución de un empleo,“….independientemente de su carácter salarial…” excepción hecha de viáticos y del bono de alimentación. En este punto observamos que la reforma parece desconocer totalmente el criterio que con carácter vinculante había sido establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 301, de fecha 27 de febrero de 2007 y su aclaratoria (sentencia N° 980-08 en fecha 17 de junio de 2008), en relación con este asunto, y con la modificación que se hiciera a ese mismo artículo en esa sentencia. Según esas decisiones, y con fines de protección del salario de los trabajadores, se permitía la exclusión para la determinación de la renta neta de éstos, de las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que no tuvieren carácter salarial, es decir, que excedieren del concepto de salario normal. Si bien la reforma había sido ya un exabrupto jurídico y una flagrante usurpación de funciones por parte de la Sala Constitucional, nos preguntamos cómo podemos calificar la inobservancia por parte del Ejecutivo de un criterio vinculante del Tribunal Supremo de Justicia, al reformar nuevamente, mediante el ejercicio de poderes habilitantes el artículo 31 en comentarios. 

En cuanto a los responsables en calidad de agentes de retención o de percepción (artículo 86). Se modifica este artículo, para prever que la Administración Tributaria podrá designar agentes de retención o de percepción y fijar los porcentajes que corresponda, a quienes por sus funciones o por razón de sus actividades intervengan en las operaciones gravadas o efectúen pagos directos o indirectos a los receptores de enriquecimientos sujetos a retención. Esta norma se complementa, en la sección de las Disposiciones Transitorias y Finales, con lo dispuesto en el Artículo 198, que se incorpora en esta reforma, y según el cual se mantendrá vigente el Reglamento parcial en materia de retenciones de la LISLR, dictado mediante el Decreto 1908, del 23 de abril de 1997, hasta tanto la Administración Tributaria dicte nueva normativa sobre este asunto. En materia de ajustes por inflación: (Artículos 173 y siguientes). 5.1. Se modifica el artículo 173 para excluir del sistema de ajuste por inflación a las entidades bancarias y de seguros. En línea con esta reforma, se introdujo un nuevo artículo, el 195, según el cual se establece que la Administración Tributaria, mediante Providencia, regulará los asientos contables que deben efectuar las entidades bancarias y de seguros y reaseguros, en vista de su exclusión del sistema de ajuste por inflación.5.2. Se introducen cambios en todos los artículos mediante los cuales se preveía la utilización del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para la realización de los ajustes previstos en la normativa, así como la utilización de dicho índice a los efectos de la realización de asientos en los libros y del registro de las operaciones en los libros especiales y en general en todo lo relacionado con la aplicación del sistema de ajustes por inflación, incluida la norma relativa a la publicación de dicho índice. A partir de esta reforma el índice a ser utilizado será el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).5.3. Se elimina la posibilidad de traspasar las pérdidas provenientes de la aplicación del sistema de ajuste por inflación, que hasta este momento podían traspasarse por un año. (Artículo 183). Disposiciones Transitorias y finales: 

6.1. Se suprimieron los siguientes artículos: (i) el artículo 195, mediante el cual se regulaba el disfrute del beneficio de rebajas sobre los incrementos de la nómina de personal y ii) el artículo 198, mediante el cual se derogaba el artículo 42 de la Ley de Turismo (rebaja por inversiones turísticas) y las dispensas o beneficios fiscales en materia de ISLR previstas en la Ley del Libro.

6.2. Se incluye un nuevo artículo, con el número 199, según el cual se abre la posibilidad para que el Ejecutivo Nacional modifique o establezca alícuotas distintas para determinados sujetos pasivos o sectores económicos dentro de los límites previstos en las tarifas del Decreto Ley.6.3.Se ordena sustituir en todo el texto del Decreto Ley, cuya impresión en un solo texto se ordena, el término “Ley” por “Decreto con Rango y Fuerza de Ley”.

En este aspecto observamos que esa simple modificación incluida en el capítulo de rebajas del Decreto Ley, permitiría re abrir la discusión acerca de si las rebajas por nuevas inversiones previstas en los artículo 56 y siguientes del Decreto con rango y fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta que se comenta, se encuentran o no nuevamente vigentes. No obstante este Capítulo (Rebajas) no fue objeto de reforma específica, por lo que creemos que es un simple error producto de una muy deficiente técnica legislativa y que no es la intención del legislador que dichas rebajas cobren nueva vigencia a partir de la fecha de publicación de este decreto Ley, como podría interpretarse de una lectura literal de dichos artículos

viernes, 3 de octubre de 2014

RUPDAE extendido por un lapso de 30 días hábiles más


Este viernes la extensión del lapso de inscripción del Registro Unico de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE), por un lapso de 30 días hábiles a partir de la presente fecha.

Así lo dio a conocer desde su cuenta twitter donde escribió: “Informo que se ha otorgado un lapso especial de 30 días hábiles para la inscripción en el RUPDAE. ¡No esperes hasta el último momento!”, detalló.

Con la ampliación de los lapsos de inscripción los ciudadanas y ciudadanos tendrán hasta el 14 de noviembre del presente año para registrarse y cumplir con el requisito que forma parte de la primera fase del proceso, que se inició el 6 de abril del 2014 y con ello tendrá un total de 210 días de duración.

El RUPDAE tiene como función recopilar y administrar la información relevante de los sujetos de aplicación de la Ley Orgánica de Precios Justos, para garantizar el cumplimiento de los objetivos fijados en la misma, y forma parte de las políticas aplicadas por el gobierno bolivariano en la lucha contra la guerra económica y en defensa de la familia venezolana
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viernes, 29 de agosto de 2014

Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE)




Fuente: http://www.rya.com.ve/site/index.php/es/contenido/noticias/629-registro-unico-de-personas-que-desarrollan-actividades-economicas-rupdae


La Ley Orgánica de Precios Justos en su Artículo 23 establece que “la inscripción es requisito indispensable, a los fines de poder realizar actividades económicas y comerciales en el país”. 
Objeto
Este registro será de carácter público y accesible para aquellas personas naturales y jurídicas que fabriquen, importen, distribuyan y comercialicen bienes y servicios y desarrollen cualquier actividad económica en el País.

Sujetos
Personas tanto Naturales como Jurídicas, Fabricantes, importadores, distribuidores, comerciantes, y afines e incluso aquellas personas quienes ofrezcan servicios como honorarios profesionales y desarrollen cualquier actividad económica en el País, deberán inscribirse obligatoriamente ante el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE)

Los sujetos de aplicación deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados, específicamente: registro único de información fiscal (R.I.F), razón social, dirección de la empresa, sucursales y almacenes, entre otros.

Lapso
Los sujetos tendrán ciento ochenta (180) días continuos a partir del treinta y uno (31) de Marzo del 2014 (fecha en la cual entró en vigencia este sistema) para completar el proceso de inscripción ante la Superintendencia de Precios Justos. A saber la fecha límite para la inscripción será el día veintiocho (28) de Septiembre del presente año 2014.

Sanción
Quienes no formalicen su inscripción en el tiempo establecido por la Ley, serán ser sancionados con multa de 200 a 5000 unidades tributarias (UT).

Es importante recordar, que la ley dicta igualmente como medida sancionatoria para todo aquel sujeto de aplicación que especule, acapare y realice usura una sanción de suspensión temporal en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE).

Proceso de Inscripción
El link para su inscripción es: http://rupdae.superintendenciadepreciosjustos.gob.ve/usuarios/login 

Solo deberá tener a la mano, RIF de la empresa y un correo electrónico a donde se le enviará la clave para generar el usuario. (Estos datos deberán coincidir con los inscritos previamente en el SENIAT) Una vez recibido el correo electrónico de registro, deberá el usuario hacer click sobre el enlace de activación de nuevo usuario, donde posteriormente completará el formulario de contraseña.

Una vez realizado esto, podrá ingresar como usuario registrado, aceptar términos y condiciones y comenzar a rellenar la información y data solicitada.

Es importante recordar que el proceso de registro se realizará en cuatro módulos:
1.- Información General, la información suministrada por la empresa debe coincidir con la registrada en el SENIAT o el SAIME, según sea el caso. Aquí se agregará la información de la empresa, actividad comercial, capital de la misma entre otros.
2.- Establecimientos, se registrará a todos y cada uno de los locales que posea la empresa con su tipo de actividad económica correspondiente.
3.- Representante Legal, deben ingresar los datos de las personas vinculadas a la gestión legal y que representarán a la empresa ante la Superintendencia de Precios Justos.
4.- Finalmente se cerrará el Registro, una vez culminado el proceso, el usuario podrá descargar e imprimir un certificado que arrojará automáticamente el sistema. El mismo tendrá suficiente validez.
Igualmente la página de la Superintendencia de Precios Justos pone a su disposición un video tutorial de la inscripción en el RUPDAE el cual puede ser visitado a través de la siguiente dirección:

http://www.superintendenciadepreciosjustos.gob.ve/?q=multimedia/videos/95



miércoles, 25 de junio de 2014

Desmotivacion laboral


Fuente web: http://www.rrhh-web.com/Por_que_%20los_buenos_empleados_se_desmotivan.html

¿Por qué los buenos empleados se desmotivan?



Muchos gerentes generales y altos ejecutivos de las corporaciones se preguntan constantemente las razones por las cuales sus colaboradores eficientes y de alto rendimiento, de pronto, muestran una tendencia totalmente contraria.

Según estudios realizados, las situaciones y conductas que más desaniman al personal de una empresa son la  falta de oportunidades de crecimiento, el incumplimiento de las promesas y la desigualdad en el trato.

Otros factores que disminuyen, también, el entusiasmo de un trabajador son cuando éste es asignado a un puesto que no le interesa o cuando el estímulo salarial así como el reconocimiento y el estatus son escasos.
                  
Veamos, a continuación, cada una de estas situaciones desmoralizantes en particular.

Situaciones que desmotivan a los empleados




Promesas incumplidas Una situación clásica de promesas incumplidas es cuando un gerente le dice a sus colaboradores lo siguiente: "Mira, la empresa está creciendo, esperamos contratar personal y los más antiguos podrán ser supervisores". Sin embargo, pasan los meses e incluso los años  sin que nada ocurra. 
Otro caso es cuando le promete un aumento próximo y al llegar a la fecha tope la respuesta es: "Sí, el aumento viene, pero vamos a dejar que pase un tiempo, mira que bajaron las ventas".
Cuando este tipo de excusas se hacen frecuentes, el personal va perdiendo la confianza en las promesas que se le hacen y en las posibilidades en la empresa.



Falta de oportunidades Una costumbre extendida en los ambientes empresariales y que, tal vez, sea la causante de mayor desmotivación  es la contratación  de nuevo personal externo para posiciones de jerarquía, sin permitir a  los empleados de la empresa apliquen para el puesto.

El caso contrario es, igualmente, nocivo y es cuando, por ejemplo, el  gerente le pide al supervisor que aplique para el puesto vacante de director de servicios generales sin tomar en consideración si el supervisor desea o no asumir esas nuevas responsabilidades y luego, para no quedar mal, el supervisor accede sin mucho ánimo.
Exponer a una persona a un puesto que no le interesa le genera frustración, y la empresa pierde su talento en otras labores.

Es importante, para no cometer este error, que antes de promover a un colaborador se evalúe su personalidad. Algunas personas rinden al máximo en un lugar de trabajo aislado, donde tienen menos contacto con otros colegas, pero, si las exponen a puestos de liderazgo donde deben atender personal, probablemente no van a rendir igual.

Por otro lado, si el empleado está genuinamente interesado en ascender, pero no tiene todas las habilidades para el nuevo puesto, es necesario capacitarlo. Siempre resulta una buena medida en el ámbito de los recursos humanos tomar en consideración para una posición vacante a los  aspirantes internos (genuinamente interesados por el puesto) y  luego a los externos.  


                                    

Falsas expectativas Un caso clásico de falsas expectativas es cuando se contrata a un aspirante con una hoja de vida impresionante y se le promete: "Usted será el jefe del departamento". El primer día de su trabajo se da cuenta de que el departamento es él y un asistente.

Otra forma fácil de desmotivar a un trabajador involucra decirle: " Aquí está su oficina, y le deseamos éxito en el desempeño de sus funciones”, sin indicarle con claridad cuáles serán sus nuevas funciones. 

Es  necesario siempre darle un proceso de inducción a una persona que desempeñará una nueva posición en la empresa aunque el trabajador tenga años laborando allí, ya que es necesario que él sepa con claridad lo objetivos del nuevo puesto.


Falta de apoyo y comunicación: Todo empleado necesita acudir a  un supervisor o jefe para ser escuchado en caso de dudas o cuando se requiere corregir alguna situación anormal.

En ocasiones un empleado advierte a su jefe que un proyecto necesita ciertas modificaciones, pero su observación no no es tomada en cuenta y  finalmente el proyecto sale mal.  Incluso es probable que el jefe le diga: "usted no me dijo que esto estaba mal".

Cuando esto ocurre varias veces, el empleado puede desalentarse al punto de cerrarse y decir frases como las siguientes: "para qué le voy a decir que existe un error sino me hará caso”, “no me importa lo que pase".  Por ello,  el trabajador dejará de estar comprometido con el éxito de la empresa y es que ¿Cómo se puede seguir adelante con entusiasmo si nadie lo apoya, nadie lo escucha, ni nadie le interesa sus observaciones?


                                                        

Reconocimientos vacíos Los reconocimientos ayudan a que las personas se sientan motivadas en la realización de sus funciones dentro de las empresas.
Sin embargo, es necesario tomar en cuenta la forma cómo se hacen los reconocimientos, no se deben hacer por simple costumbre.   En muchas empresas colocan un cuadro con la foto del empleado del mes en la recepción, pero resulta que siempre es el mismo empleado o el gerente le entrega al empleado su reconocimiento y se toma la foto y después ni lo saluda.
El saber los nombres de las personas, el agradecerles o elogiarlas de manera genuina, es un reconocimiento importante.
                                                                 


Para ti no, para ellos sí  Un ejemplo común de situación desmotivador es cuando una empresa anuncia que ha decidido recortar gastos y que no habrá más aumentos e incluso sólo habrá café en la mañana para los empleados (si se acabó no se hace más). Sin embargo, se contrata a nuevo personal con altos salarios y se mantienen los privilegios a los ejecutivos internacionales. 

Los empleados percibirán estos detalles como injusticias, y dirán que, para ellos no hay beneficios, pero para los otros sí, lo cual irá enardeciendo el ambiente laboral.
Otro caso es cuando un empleado se queda hasta altas horas de la noche para cumplir con un proyecto, pero al día siguiente llega tarde y se le descuenta automáticamente del salario.


¿Qué se puede hacer desde el punto de vista de la gerencia?

Es necesario que los jefes directos reconozcan el esfuerzo de su personal  y eviten que ellos piensen que su trabajo no es reconocido.

No se debe tratar de motivar a un empleado que se encuentra desmotivado sin resolver antes las razones por las cuales se siente así.  Los jefes deben investigar al respecto y tratar de darle una solución.

En  resumen, es importante que los gerentes y ejecutivos analicen bien sus acciones y consideren a sus subalternos con el fin de evitar matar en ellos la motivación tan necesaria para alcanzar los objetivos de toda empresa.